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Coparticipación CABA: el gobierno nacional pidió a la Corte que suspenda el fallo emitido

El gobierno nacional reclamó este martes a la Corte Suprema de Justicia que suspenda los efectos de su propio fallo en donde se le ordenó al Estado Nacional, a través de una medida cautelar, que entregue el 2,95% de los fondos de coparticipación a la Ciudad de Buenos Aires. A través de una serie de escritos presentados por el Procurador del Tesoro, Carlos Zannini, el presidente Alberto Fernández recusó a los ministros de la Corte Suprema y a la vez planteó la revocatoria del fallo dictado la semana pasada, con efecto suspensivo y que, “oportunamente”, se deje sin efecto la resolución que favoreció al jefe de Gobierno porteño Horacio Rodríguez Larreta.

“A través del fallo aquí cuestionado la Corte Suprema ha sustituido a los otros Poderes del Gobierno Federal, adoptando una decisión de mérito que excede sus competencias constitucionales”, afirmó la presentación del Estado Nacional a la que accedió Infobae. “Al adoptar la medida cautelar que nos ocupa, V.E. adelantó su criterio con relación a varios aspectos de la controversia, que son cruciales para la definición del fondo de la cuestión debatida en autos. Tal circunstancia justifica que los señores magistrados de este Excmo. Tribunal que suscriben la sentencia del 21 de diciembre del año en curso se aparten de la causa”.

De esta manera, el gobierno ejecutó lo que el jefe de Estado ya había anunciado ayer, lunes, a través de una serie de tuits, luego del comunicado del jueves pasado por parte del presidente y un grupo de gobernadores que se trataba de un fallo de cumplimiento imposible y se habló de la idea de desacatar la resolución del máximo tribunal, que desató una serie de denuncias penales por parte de la oposición.

Así como la Corte Suprema recibió hoy estos escritos también recibió la presentación desde el Gobierno de la Ciudad en donde se sostiene que el Estado Nacional se encuentra incumpliendo el fallo porque ya no le depositó el dinero que debía salir desde los fondos del Banco Nación para comenzar a cumplir con la cautelar.

Ambos planteos quedarán para el 2023. Durante enero, el Poder Judicial está en receso de verano y solo tramitan cuestiones urgentes. No será este caso, en donde se discute una cuestión patrimonial, parte de ese análisis, confirmaron a Infobae las fuentes consultadas en el máximo tribunal.

Ahora, a través de una serie de escritos, el Gobierno Nacional sostuvo que debe dejarse sin efecto el fallo dictado el miércoles de la semana pasada: se trata de un fallo “arbitrario, injusto y parcial, con grave afectación al principio de la división de poderes y por consiguiente a los intereses de la Nación en su conjunto”.

“El encuadre que le da el fallo que nos ocupa, revela que la Corte anticipa su criterio sobre el fondo: los gastos derivados del traspaso de funciones de seguridad deben ser atendidos, según el Tribunal, en el marco del régimen de coparticipación”, se afirmó. La presentación del Estado Nacional cuestionó la decisión de otorgarle cautelarmente el 2,95 por ciento de los fondos a CABA hasta que se resuelva la cuestión de fondos porque, dijo, “no existe informe documentado en las presentes actuaciones, ni pericia producida -en esta etapa preliminar- que justifique la concesión de tal coeficiente”. También afirmó que “la Constitución impone en casos de trasferencia de servicios es la remisión de los recursos necesarios para 17 la atención del gasto; y no la modificación de los coeficientes de coparticipación, como prejuzgó la CSJN”. Además, aseguró, “la sentencia soslaya, a pesar de invocar el federalismo de concertación, que en esta última hipótesis adoptada por el Alto Tribunal, sería necesario rediscutir el régimen de coparticipación de manera general, con la intervención de todas las jurisdicciones”.

Según la Procuración, “resulta irrazonable pretender, por este concepto, que se mantenga un porcentaje de la masa coparticipable que – como sucedió desde inicios del año 2016 hasta el dictado del Decreto N° 735/2020 y la ulterior sanción de la Ley N° 27.606- excede el costo real de los servicios transferidos, generando un beneficio injustificado en favor de la jurisdicción local”. Una vez más, el Gobierno criticó la decisión del macrismo al entregarle esos fondos. “Tan burda fue la maniobra, que ni siquiera fueron cuidadas las formas más elementales; ni la concatenación de fechas resultó consistente y las decisiones plasmadas en ambos Decretos estuvieron huérfanas de la debida y necesaria motivación”, opinó.

“El encuadre que le da el fallo que nos ocupa, revela que la Corte anticipa su criterio sobre el fondo: los gastos derivados del traspaso de funciones de seguridad deben ser atendidos, según el Tribunal, en el marco del régimen de coparticipación. En concreto, mediante la modificación del porcentaje de coparticipación asignado a la CABA, desvinculado del costo real de los servicios transferidos, cuando en rigor este último es el parámetro que debería ser tomado a tales efectos. 3.2.2.

ón. Se recuerda que, la Nación y la CABA suscribieron el 5 de enero de 2016 el Convenio de transferencia progresiva de facultades y funciones de seguridad en materias no federales. Pero el Poder Ejecutivo Nacional, durante la gestión que impulsó ese Acuerdo, nunca lo sometió a la consideración y eventual aprobación del Poder Legislativo. La intervención del H. Congreso de la Nación, resultaba jurídicamente insoslayable para el perfeccionamiento del Acuerdo

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