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Cambios para la adopción en Mendoza

Las modificaciones al Código Procesal de Familia (Ley 9.120) buscan acelerar las adopciones en la provincia de Mendoza. El proyecto de ley, impulsado por el Ejecutivo, fue aprobado por unanimidad en el Senado luego de sufrir algunas modificaciones en la Cámara de Diputados.

María Laura Sainz, senadora provincial, explicó que el objetivo es agilizar los procesos de adopción y volverlos más eficientes. En detalle: «El proyecto modifica el Artículo 19 para establecer la no obligatoriedad de patrocinio letrado para aquellos niños mayores de 5 años, grupos de hermanos, niños con discapacidad y adolescentes», comentó.

Esto significa que las familias podrán acceder al juicio de adopción sin la necesidad de recurrir a un abogado (patrocinio letrado). Estas familias ya deberán haber cumplido los pasos previos del proceso, que incluyen:

  • Inscripción en el RUAGFA: Los interesados deben registrarse en el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, proporcionando información personal, familiar y económica.
  • Evaluación de idoneidad: Se realiza una evaluación integral que incluye entrevistas, estudios psicológicos y sociales para determinar la idoneidad de los postulantes.
  • Guarda con fines de adopción o guarda preadoptiva: La etapa previa al proceso judicial donde el niño, niña o adolescente convive con la familia adoptante.

La senadora contó que, a partir de ahora si la familia quiere seguir con el proceso de adopción, «podrá simplemente hacerlo», contrario a lo que pasaba antes. «Como era obligatoria la asistencia de un abogado, muchas familias no tenían los recursos para conseguirlo. Entonces pedían prórrogas y los plazos se extendían para niños que estaban ansiosos por ser adoptados», explicó.

Otras modificaciones

Se elimina la discordancia entre la documentación legal y la situación social del menor durante la guarda preadoptiva. Esta es la discrepancia entre los papeles legales del niño y su situación en términos de entorno familiar o adaptación en la familia de acogida, especialmente en lo relacionado con el uso de apellidos. De este modo, se reduce la burocracia y las confusiones legales que pueden retrasar el proceso de adopción.

También se incluye la exención de patrocinio letrado para guardadores de niños mayores de 5 años o grupos de hermanos, que podrán realizar el proceso de adopción sin la obligación de contar con un jurista profesional. «La búsqueda es agilizar los procesos, desde lo administrativo a lo judicial. Para esto queremos que no haya tanta intervención de los abogados», aseguró Sainz.

Según la senadora, a través del proyecto la figura del juez va a tener un rol más predominante en cada caso y explicó que «esto es importante porque los jueces ya conocen a los niños y las familias adoptantes. Han visto las entrevistas, los informes y audiencias. Y generalmente las adopciones no son conflictivas». 

Por otro lado, en los casos de violencia de género, se hace optativa la mediación entre las partes, lo que significa que la víctima no estará obligada a participar en sesiones de mediación con el agresor. Esto es relevante porque en este tipo de casos, las víctimas pueden estar en una situación de desigualdad de poder durante el proceso.

Los jueces también podrán tomar medidas para proteger a las víctimas y evitar esta desigualdad de poder, garantizando que las audiencias no sean perjudiciales para ellas.

Siguiendo por esta línea, se va a crear un Registro de Mediadores Ad-Hoc. Estos profesionales van a mejorar la calidad de la mediación familiar, y van a ser designados para casos concretos según sus habilidades y experiencia.

La reforma también incluye la digitalización de algunos trámites judiciales. La autorización de viaje para menores, por ejemplo, se podrá hacer a través de las plataformas del Gobierno provincia. Por último, se suma la notificación judicial por mensajería instantánea (como WhatsApp o sistemas similares), medida que probó ser muy efectiva durante la pandemia.

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